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jueves, 27 de junio de 2013

Agrupación de Afectados por el IRPH: Aquí hay gato encerrado ¿formula de sustitución?¿sustitución de qué?


"El subsecretario de Economía, Miguel Temboury, asegura que el régimen transitorio de los índices de referencia hipotecaria (IRPH), que tenían que haber desaparecido el pasado 30 de abril, estará aprobado "sin duda" el 6 de octubre, cuando concluye la prórroga autorizada por el Banco de España, y dice que se está buscando una fórmula de sustitución "que altere lo menos posible" los equilibrios contractuales."

Fuentes: europapress.es / eleconomista.es




¿Quiere el gobierno sustituir el IRPH Cajas, Bancos y CECA por otro índice de referencia cuyo cálculo sea similar, sin tener en cuenta que más de un millón de personas pueden empeorar su situación económica notablemente?
Que el gobierno juegue con las palabras es ya conocido. En la Circular 5/2012, que si bien es "clara", modifica expresiones y palabras para que se entienda cosas como lo que no son en realidad, al igual que modificar la formula de calculo de los índices IRPH y CECA. Echad un vistazo a la forma de cálculo de éstos índices en la Circular 8/1994 y ahora en la nueva que la sustituye, Circular5/2012 (antes mencionada), veréis las diferencias y os daréis cuenta enseguida de por qué.

¿Es consciente el gobierno de que el hecho de que las familias paguen 300€ (trescientos euros) más por sus viviendas, de manera injustificada y siendo más de un Millón de familias, suponga a las entidades financieras un beneficio mensual de 300.000.000€ (trescientos millones de euros)?
Pensamos que sí y que por eso no se quiere hacer nada al respecto.

¿Quiere el gobierno usar la expresión común "índice sustitutivo" para insertar en los medios de comunicación la expresión "formula de sustitución" a fin de que no percibamos un posible engaño?
Una de las formas de manipular y pasar desapercibido es usar vocabulario común. Estamos habituados a escuchar éstos días índice sustitutivo, de ahí que (es probable) que se haya optado por la expresión "formula sustitutiva" para camuflar el significado ¡Cuidado!

¿Qué quiere decir el subsecretario con "que altere lo menos posible los equilibrios contractuales?
Actualmente no hay ningún equilibrio, la balanza está totalmente inclinada hacia las entidades financieras. Éstos equilibrios deben cambiar, y mucho para que las condiciones actuales cambien y sean beneficiosas para el consumidor, tal como solicita Bruselas.

Conclusiones:

Creemos que la expresión "formula de sustitución" es una manipulación de la información por los siguientes motivos:

1. Los contratos hipotecarios que no tienen ningún índice de referencia sustitutivo no tiene ningún índice que sustituir. Éste índice sustitutivo debe establecerse, fijarse por que el vigente desaparece, pero no se sustituye, se establece y debe ser beneficioso para el consumidor.

2. Los contratos hipotecarios que tienen índice sustitutivo pero éste también desaparece por tratarse de CECA o IRPH Cajas o Bancos, quedan en la misma situación que el punto anterior.

3. Los contratos hipotecarios que sí tienen índice sustitutivo y que, además, es un índice oficial y vigente,  ya dispondrán de un índice sustitutivo por lo que tampoco hay que sustituir nada, ya que está establecido en el contrato hipotecario.

jueves, 20 de junio de 2013

Agrupación de Afectados por el IRPH: La gran estafa. ¿Por qué suben unos índices y otros no?


IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre que han concedido bancos y cajas durante el mes al que se refiere el índice, es decir es la media de tipos de interés de todas las hipotecas concedidas por las cajas o lo bancos según el tipo de IRPH, evidentemente.
La revisión del tipo de interés o índice de referencia suele ser el de dos meses antes al que tiene lugar la revisión de cada hipotecado.
Después al finalizar cada mes, las entidades financieras notifican al Banco de España las hipotecas que han concedido y a que interés.  
El Banco de España publica la media de todas las hipotecas con la información que cada banco y caja le proporciona a final de mes y de ahí resulta el índice IRPH Cajas y Bancos.
 Ahora bien, la media que cada banco o caja proporciona puede ser incrementada debido a las denominadas "Hipotecas bonificadas". Éstos productos se firman con un diferencial  que se rebaja según los productos contratados por el consumidor con la entidad de la siguiente forma:

(Los porcentajes son un ejemplos. Cada entidad aplica los suyos y de la manera que mejor estima)
Domiciliación de nómina........................-0,40 %
Tarjetas de crédito……………………….-0,30 %
Domiciliación de recibos……...…………-0,20 %
Seguro de hogar…………………........…-0,50 %
Seguro de vida……………….........….....-0,30 %
Seguro de protección se pagos…..........-0,30 %

Resultado: Si el diferencial era del 3,5% con las bonificaciones queda en el 1,5%. Mucho más atrayente para el consumidor ¿verdad?
Ante esta aparente ventaja, el consumidor estima que estos productos son obligatorios en una u otra entidad y concluye que es indistinto contratarlos en una entidad o en otra y  además con "descuento".

El resultado de éstas operaciones, que se formalizan mediante contrato hipotecario, es estableciendo un ejemplo actual:
 
Euribor de Mayo 2013 (0,47%) + Diferencial  aplicado (3,5%) =  La operación se firmará ante notario al  3,97%

La Trampa
 
Aunque el consumidor esté pagando a razón de índice de referencia + 1,5%, el dato que las entidades facilitan al Banco de España para esta hipoteca es el 3,97%. 
El resultado de esto es que la media de índices de referencia siempre es alta y el IRPH no baja. 
Ésta práctica, además de ilegal, es abusiva y está siendo permitida por el Banco de España y el Gobierno. 

Conclusiones:

1. El consumidor paga por los productos que tiene contratados con la entiedad = Beneficio para la entidad a través del consumo de productos financieros y seguros.
2. Las entidades informan de un índice manipulado a la baja para obtener la firma de la operación y así poder incrementar la media y revisar las cuotas al alza = Beneficio para le entidad a través de la revisión de cuotas anuales.

Fuente: Desconocida

lunes, 3 de junio de 2013

Agrupación de afectados por el IRPH: El Banco de España principal responsable, junto al Gobierno, de que más de 1.000.000 de familias españolas paguen más por su hipoteca.


La prensa ha publicado hoy 03/6/2013 lo siguiente en prensa:

"El Gobierno confirma que el Índice de Referencia Hipotecaria (IRPH) de bancos y cajas de ahorros seguirá estando vigente en la revisión de los préstamos hipotecarios hasta que se apruebe el régimen transitorio, a pesar de que este índice debería haber desaparecido el pasado 30 de abril

Fuente: http://www.elmundo.es/elmundo/2013/06/03/suvivienda/1370251131.HTML

El Banco de España y el Gobierno actual son los responsables directos de que no se haya publicado ya  el régimen de transición, que debería haberse publicado el pasado 29/04 para no afectar a las familias sujetas a éste indicador y que liberaría a más de 1.000.000 de las familias afectadas de pagar unas cuotas injustificadas por sus préstamos.

Como ha dejado claro en su nota de prensa, el Gobierno de Mariano Rajoy corrobora que el IRPH se seguirá publicando, o dicho de una forma más coloquial; "vais a seguir pagando más por vuestras hipotecas hasta que yo (el gobierno y el banco de España) lo diga".




Danos un momento. Te explicaremos lo que ocurre...